Comprar o vender usado sin hacer el traspaso es la fuente número uno de dolores de cabeza vehiculares en Colombia. Requisitos, costos reales y el paso a paso.
El traspaso se hace en un organismo de tránsito con el vehículo a paz y salvo de impuestos y comparendos, SOAT y RTM vigentes, y la presencia o el poder autenticado de ambas partes. Vender con carta abierta, sin hacer el traspaso, deja las multas y el impuesto a nombre del vendedor indefinidamente.
En Colombia el traspaso no es un papeleo opcional: mientras el vehículo siga a nombre del vendedor, las multas, los impuestos y hasta la responsabilidad civil en un accidente lo persiguen a él — y el comprador no puede demostrar que el carro es suyo. Es el trámite donde más plata se pierde por hacerlo mal.
El costo total se compone de varios conceptos: los derechos de traspaso del organismo de tránsito, la especie venal de la nueva licencia de tránsito, el impuesto de registro cuando aplica, y la autenticación de firmas o el poder si alguna parte no asiste. La suma varía bastante entre organismos de tránsito.
Por costumbre comercial el comprador asume los costos del traspaso, pero no es una regla legal: se acuerda entre las partes y conviene dejarlo por escrito en el contrato para que no aparezca una discusión el día del trámite.
Entregar el carro con un formulario de traspaso firmado en blanco y no hacer el trámite es tentador porque evita filas y gastos ese día. Lo que pasa después:
Si ya te pasó, la salida es radicar ante el organismo de tránsito la prueba de la venta (contrato, constancia de entrega, testigos) y solicitar el traspaso o la cancelación de la matrícula a tu nombre. No es inmediato, pero detiene el sangrado.
El procedimiento es idéntico. Dos particularidades que causan problemas: las motos concentran una proporción muy alta de las ventas con carta abierta, y es frecuente que el número de motor o chasis no coincida con el registro por reparaciones mal documentadas. Esa discrepancia bloquea el traspaso y obliga a un peritaje. Verifícalo físicamente antes de pagar.
La regla de oro: el pago y el traspaso ocurren el mismo día. Si eso no es posible, la protección mínima es un contrato escrito con los números de motor y chasis, entrega de una copia de la cédula del vendedor, y pago por medios trazables —transferencia bancaria, nunca efectivo sin recibo—. Desconfía de quien tenga prisa por cerrar sin pasar por el organismo de tránsito.
Pasar el carro a un familiar no tiene un procedimiento especial: legalmente sigue siendo un cambio de propietario y se hace con el mismo trámite, los mismos requisitos y los mismos costos. No existe un "traspaso familiar" más barato, por mucho que lo ofrezcan.
La herencia sí es distinta. Cuando el propietario fallece, el vehículo entra a la sucesión y no se puede traspasar con una simple autorización de la familia: hace falta la adjudicación —notarial o judicial— que diga a quién le corresponde. Con ese documento, el organismo de tránsito registra el cambio a nombre del heredero.
Mientras la sucesión no se resuelva, el vehículo sigue a nombre del fallecido, el impuesto se sigue causando y la deuda se acumula. Es el motivo por el que aparecen carros con cinco o seis vigencias pendientes: nadie quería empezar el trámite. Cuanto antes se abra la sucesión, más barato sale.
Con todos los requisitos al día, entre 1 y 8 días hábiles según el organismo de tránsito.
El traspaso se hace ante el organismo donde está matriculado el vehículo (algunos permiten trámite virtual). También puedes trasladar la matrícula, pero es un trámite aparte.
Las multas siguen a quien las cometió; los impuestos siguen al vehículo. Por eso el paz y salvo de ambos es innegociable.
El vehículo sigue a tu nombre en el RUNT: los comparendos, el impuesto y cualquier responsabilidad derivada del uso del carro te siguen llegando a ti. La solución es hacer el traspaso, o radicar ante el organismo de tránsito la venta con los soportes que la prueben.
Un usado con vigencias pendientes no se puede traspasar. Calcula el impuesto y revisa las fechas del departamento.
Revisar impuestoEscrito por el Equipo Placa al Día y contrastado contra fuentes oficiales (Ministerio de Transporte, RUNT, SIMIT, Superintendencia Financiera y las secretarías de hacienda y movilidad correspondientes). Las cifras marcadas como referenciales cambian por resolución u ordenanza: verifica siempre la vigente antes de pagar.
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